Plazos para la presentación de Declaración Jurada
1.- Al adquirir un predio
El adquirente deberá presentar Declaración Jurada de Inscripción, ante la Municipalidad, hasta el último día hábil del mes siguiente de efectuada la transferencia del predio.
Para el caso de predios nuevos, siendo estos los adquiridos de una persona natural o jurídica que se dedique a las actividades inmobiliarias, el plazo empezará a contabilizar desde la fecha suscrita en el acta de entrega.
2.- Al transferir el predio
El transferente deberá presentar Declaración Jurada de descargo del predio que transfiere, hasta el último día hábil del mes siguiente de efectuada la transferencia del predio.
3.- Presentación de Declaración Jurada Anual
Para contribuyentes ya inscritos en la Base de Datos de la Municipalidad, estan obligados a la presentación de Declaración Jurada, anualmente hasta el último día hábil del mes de febrero, salvo que el municipio cuente con el servicio de emisión mecanizada (Cuponera).
4.- Aumento o disminución del valor del Predio
El propietario cuyo inmueble haya variado de valor en más 5 UIT, deberá presentar Declaración Jurada de Inscripción, ante la Municipalidad, hasta el último día hábil del mes siguiente de efectuada la variación del valor.
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